Despido ad cautelam


De Conceptos Jurídicos
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El Despido ad cautelam carece de regulación legal expresa.

Se entiende por despido ad cautelam un despido preventivo mientras se impunga judicialmente otro despido anterior. En latín, ad cautelam singnifica: por precaución.

El despido ad cautelam está condicionado, entonces, a la decisión judicial que se sustancie en el primer despido. Si el primer despido se declara despido procedente, el despido ad cautelam se desvirtúa, puesto que el contrato laboral se entenderá extinguido desde el primer despido.

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Última modificación: 19 de febrero de 2015